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Seguros Ahorro – jubilación

A la hora de analizar los productos de ahorro a largo plazo garantizados por las aseguradoras encontramos: los PIAS (Plan Individual de Ahorro sistemático), los PPA (Plan de Previsión Asegurado) y los PPI (Plan de Previsión individualizado); son fórmulas de ahorro a largo plazo que integran dos componentes principales: la rentabilidad y el beneficio fiscal.

En estos tiempos de incertidumbre laboral ¿qué instrumento es el más apropiado para ahorrar? Claramente, el PPA y el PPI son instrumentos pensados en la jubilación y la legislación sólo permite cobrarlos en esa circunstancia, en caso de enfermedad grave o dificultades económicas como paro prolongado. El PIAS, aunque con menor incentivo fiscal, es un gran producto de ahorro y puede ser rescatado (cobrado) a partir del primer del primer año de haberlo contratado; incorpora un seguro de fallecimiento, normalmente un pequeño capital.

Fiscalidad: los Planes de Previsión Asegurados (PPA) y los Planes de Previsión Individualizados (PPI) desgravan en la Declaración de la Renta mediante la reducción directa de la base imponible del impuesto, esto equivale a declarar ingresos menores, por lo que los impuestos a pagar también son menores. A la hora de recibir la prestación se podrá realizar en un solo cobro, en renta vitalicia o varias fracciones; el tratamiento fiscal dependerá de esa forma de cobro, siendo el más gravoso el cobro de una sola vez.

En el caso de los Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS) la mayor ventaja fiscal se obtiene al cobrarlo al vencimiento de la póliza (el plan debe durar un mínimo de 5 años). Si es cobrado en forma de renta vitalicia se tributa, en función de la edad, un porcentaje del beneficio obtenido (ver cuadro más abajo). Si el titular decide no transformarlo en renta vitalicia (cobra la totalidad de una sola vez) o quiere disponer del dinero antes de finalizar el plan, la diferencia entre el capital a cobrar y el dinero aportado al plan se considera rendimiento del Capital Mobiliario, tributando en 2015  al 20% los primeros 6.000 €, al 22% el beneficio comprendido entre 6.000€ y 50.000 € y al 24% el exceso.

Aportación máxima anual: en los PPA y PPI las cantidades máximas que es posible aportar son de hasta 8.000 euros para los menores de 50 años y 12.500 euros para los mayores de 50 años.

En el caso del PIAS la aportación máxima anual es de 8.000 euros, independientemente de la edad. La aportación máxima total para un PIAS es de 240.000 euros y la póliza debe tener una duración mínima de cinco años.

En los tres productos se establece una aportación mínima anual (la marca cada aseguradora), pudiendo realizar aportaciones extraordinarias hasta el máximo legal permitido.

Rentabilidad: no es correcto comparar la tasa anual equivalente (TAE) de un depósito con el interés técnico de un seguro de Vida Ahorro. Ese interés técnico es bruto antes de gastos, entre los que se incluye la prima del seguro de Vida que lleva aparejado el producto. Debe huirse de quienes traten de equiparar ambos conceptos.

A) PIAS: en el momento de la contratación se establece un interés mínimo garantizado al que se sumará la participación en los beneficios obtenidos por las inversiones realizadas por la aseguradora. Los equipos de gestión de inversiones de las aseguradoras tienen como objetivo obtener la mayor rentabilidad y se esfuerzan en ello por  su importancia comercial, pues  los clientes preferirán los productos más rentables. Las aportaciones extraordinarias tendrán la rentabilidad que la aseguradora fije cada año.

B) Pensiones:

  • PPA (Plan de Previsión Asegurado): también tienen una rentabilidad mínima garantizada en el momento de su contratación y una participación en beneficios.
  • PPI (Plan de Pensiones Individualizado): no tienen rentabilidad mínima garantizada, pudiendo ofrecer rendimiento negativo, pero en períodos largos de ahorro suelen ofrecer una rentabilidad mayor que los PPA, esto se debe a las diferentes políticas de inversiones de uno y otro. EL PPA invierte en productos más estables, sobre todo en renta fija, y el PPI, que es asimilable a un fondo de inversión, realiza inversiones de mayor riesgo, como valores en bolsa; la experiencia muestra que a largo plazo el PPI ofrece mayor rentabilidad.

Elección: son diversas las variables a considerar al elegir un producto de ahorro a largo plazo. Si se considera que se dispone de un trabajo muy estable, las fórmulas PPA-PPI pueden ser las mejores y, entre ellas, si la jubilación está próxima, sería mejor confiar en el PPA. Si se es joven con trabajo estable, el PPI posiblemente le permita obtener un mayor rendimiento. Ambos productos cumplen también el cometido de ofrecer una importante desgravación fiscal.

En caso de trabajos menos estables el PIAS, si no fuera posible mantenerlo hasta la jubilación, actuará como un fondo de ayuda al que poder recurrir en caso necesario.

 

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Cobro de la renta vitalicia en los PIAS. La cantidad a declarar es el porcentaje aplicado sobre el beneficio del plan:

  • Menores de 40 años: 40% del beneficio obtenido.
  • Entre 40 y 49 años: 35%                 “
  • Entre 50 y 59 años: 28%                “
  • Entre 60 y 65 años: 24%               “
  • Entre 66 y 69 años: 20%               “
  • Mayor de 70 años: 8%                  “