Asesoramiento especializado en la contratación de seguros.

Dibujo de una familia protegida por un paraguas bajo la lluvia

El fallecimiento de quienes aportan los principales ingresos a una familia puede provocar serios problemas económicos: gastos de sepelio, deudas de vivienda e ingresos para la subsistencia. ¿Quién se ha preocupado de conocer las prestaciones de la Seguridad Social por viudedad u orfandad que les correspondería a sus beneficiarios? ¿Esas prestaciones serían suficientes para continuar su vida sin apuros?

También podemos verlo desde otro ángulo, ¿qué prestación de la Seguridad Social  nos quedaría en caso de sufrir una enfermedad o accidente que imposibilite continuar trabajando?

El Seguro de Vida tiene como finalidad actuar como resguardo frente a una posible situación de apremio económico, tanto para los demás como para sí mismo. A cambio del pago de una prima de seguro, la aseguradora entregará a los beneficiarios la suma pactada si se produce  alguna de  las circunstancias señaladas, relacionadas con el fallecimiento o la incapacidad laboral absoluta por cualquier causa, se trate de enfermedad o de accidente (incluso infarto o suicidio).

¿Qué cuestiones debemos contemplar al contratar un seguro de vida? Las personas a su cargo, tener una persona con diversidad funcional (discapacidad, según la terminología desfasada) a quien habría que dejar una renta vitalicia para su sustento, la conveniencia de dejar un capital para poner en marcha algún negocio, las deudas pendientes como una hipoteca… Por otra parte, el seguro de vida también puede tener la finalidad de pagar impuestos sucesorios y gastos funerarios.

Las condiciones de la vida en el momento en el que se contrató el seguro pueden cambiar con el tiempo, normalmente hacia menores necesidades de garantía. En este aspecto, el seguro de vida cuenta con la posibilidad de reducir el capital asegurado cuando se solicite, disminuyendo su coste proporcionalmente.

 ¿Usted cree que ya tiene alguno o varios seguros de vida, pero no está seguro? Quizá recuerda que el banco le envió un documento, en letra diminuta, casi ilegible- siguiendo su costumbre-, que mencionaba algo sobre indemnización por fallecimiento. Este caso suele tratarse de una confusión muy frecuente; la banca habitualmente incorpora a las tarjetas de crédito una garantía de fallecimiento en el caso de sufrir un accidente en transporte público cuyo importe del billete hubiera sido pagado con la tarjeta. Esto, más que una garantía, pretende incentivar el pago con tarjeta. Por otra parte, algunos convenios colectivos recogen la obligación de contratar un seguro de vida para el trabajador; sin embargo las garantías son muy bajas y sería conveniente completarlas con otro seguro contratado de forma voluntaria. En definitiva, si no es consciente de haber contratado expresamente un seguro de vida, lo más probable es  que carezca del mismo.

Desde Contis le ofrecemos la posibilidad de indicarle una aproximación de las prestaciones que le ofrecería la Seguridad Social en caso de incapacidad, viudedad u orfandad. De acuerdo con sus necesidades de completar las prestaciones, también le facilitaremos un estudio de seguro de vida personalizado, con diversas garantías y precios. Puede solicitarlo a través del teléfono 644064597 o por correo electrónico: info@contisred.es