Asesoramiento especializado en la contratación de seguros.

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONSTRUCCIÓN

 

 

 

 

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONSTRUCCIÓN

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONSTRUCCIÓN. Es un seguro con coberturas específicas para el complejo sector de la construcción.

Contis Seguros somos una correduría especialista en el sector de la construcción. Podemos facilitar todas las coberturas de seguros de construcción que necesiten los profesionales y empresas.

Por otra parte, la actividad de construcción conlleva un alto grado de responsabilidad en cada una de sus actuaciones. De este modo, los procesos de construcción requieren operaciones muy complejas; tanto en los aspectos técnicos como en los jurídicos.

La empresa dedicada a la actividad de construcción precisa del seguro de responsabilidad civil; es el instrumento más eficaz para la protección de su patrimonio.

Disponemos de pólizas de las aseguradoras más especializadas; ellas incluyen coberturas que no suelen incorporar las pólizas suscritas por las compañías de seguros generalistas.

La empresa dedicada a la actividad de construcción precisa del seguro de responsabilidad civil; es el instrumento más eficaz para la protección de su patrimonio.

 

LAS MODALIDADES DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONSTRUCCIÓN

Existen diferentes aspectos de la responsabilidad a considerar. De esta manera, podemos distinguir entre la responsabilidad extracontractual y la contractual.

Se dispone de la norma fundamental sobre la responsabilidad extracontractual, dentro de nuestro sistema legal; la contempla el artículo 1902 del Código Civil:

“El que por acción u omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Sobre este artículo gira, como para el resto de actividades, el seguro de responsabilidad civil para las empresas del sector de la construcción. Además, se consideran dentro del mismo todas las empresas que edifican; las de ingeniería; las promotoras; las empresas constructoras y los subcontratistas.

En el caso de las subcontratistas, se contempla un amplio número de actividades como: el movimiento de tierras; la cimentación; la realización de estructuras; la mampostería; también los instaladores como la fontanería y la electricidad, y otros.

En definitiva, todas las empresas de construcción necesitan cubrir su responsabilidad civil extracontractual.

 

LOS DOS SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LAS OBRAS

Las obras se aseguran mediante dos clases de pólizas.

La póliza por obra; cubre la intervención del asegurado en una obra determinada.
Las pólizas abiertas; en este caso, garantizan todas las obras que realiza la empresa durante una anualidad.

La póliza abierta de construcción tiene la ventaja de ser más cómoda; esto se debe a que el Asegurado no tiene la obligación de declarar cada obra en la que interviene. De este modo, en la póliza abierta se garantiza la cobertura de todas las obras que ejecuta durante la anualidad de seguro.

Para el cálculo de prima de la póliza abierta, se emplea la declaración del volumen de facturación, a lo largo del año, de la empresa. Este es el dato que permite también el reajuste de prima anual, de acuerdo con su incremento o disminución.

 

GARANTÍAS DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONSTRUCCIÓN

El producto asegurador de responsabilidad civil de construcción permite contratar una garantía básica; las restantes son las garantías opcionales complementarias.

 

LAS COBERTURAS BÁSICAS DE LA PÓLIZA DE CONSTRUCCIÓN

La garantía básica y obligatoria a contratar es la R. C. general, también llamada de explotación.

 

LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE EXPLOTACIÓN

Mediante la garantía de explotación, la compañía aseguradora asume las siguientes reclamaciones; por los daños materiales; por los daños personales y por los perjuicios patrimoniales causados a un tercero de manera involuntaria.

 

LAS GARANTÍAS COMPLEMENTARIAS DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONSTRUCCIÓN

A continuación, comentamos el resto de garantías. Como hemos señalado, la única garantía de contratación obligada es la R. C. de explotación; por lo tanto, todas las expuestas a continuación son de contratación opcional.

 

LA RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL

La R.C. patronal es la cobertura que asegura los accidentes de trabajo; por consiguiente, actúa frente a las reclamaciones derivadas de cualquier responsabilidad que exijan sus trabajadores, o sus causahabientes. Las reclamaciones se deben a los daños corporales o fallecimiento originados en accidente laboral; con culpabilidad de la mpresa.

LA GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL POST-TRABAJOS

Garantía que responde de la responsabilidad civil que deriva de los daños causados por las obras; los montajes o los trabajos ejecutados, una vez que los reciben sus destinatarios.

LA COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CRUZADA

La denominada responsabilidad cruzada protege al asegurado por los daños personales que cause a otros intervinientes en las obras en las que participa. También, de los daños materiales entre los intervinientes, si se le reclaman al asegurado.

LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR LOS DAÑOS A LOS PREEXISTENTES

Cubre las reclamaciones al asegurado por su responsabilidad en los daños causados a los bienes inmuebles; que existían y se recepcionaron antes de los inicios de los trabajos por el asegurado.

LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR LOS DAÑOS A LAS CONDUCCIONES

En este caso, se responde de los daños causados a las instalaciones que existen en el subsuelo cuando se perfora. Es el caso de los cables de telefonía; también el de las conducciones de gas; además de las redes de abastecimiento y la evacuación de agua; así como las de electricidad.

LOS DAÑOS A LOS EDIFICIOS COLINDANTES

Se trata de los daños que pueden sufrir los edificios contiguos a la obra, si tienen como causa directa los trabajos de construcción del asegurado.

LA GARANTÍA DE DEMOLICIONES

En este caso, se aseguran además los daños a terceros que tengan su origen en demoliciones manuales; o mecánicas; o también mediante el uso de explosivos que afecten a los elementos estructurales de una edificación.

LA DIRECCIÓN JURÍDICA Y FIANZAS CIVILES Y PENALES

Se indemnizan también los gastos judiciales o extrajudiciales derivados de procesos civiles y penales; a consecuencia de las reclamaciones que reciba el asegurado.

 

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA LOS GREMIOS DEL SECTOR DE CONSTRUCCIÓN

Ofrecemos pólizas de seguro de responsbilidad civil para todos lo gremios que participan en el sector de la construcción:

  • Aislamiento y protección de edificios
  • Albañilería y reformas de interior
  • Enseyado y escayolado
  • Solado, enlosado, alicatado
  • Cerramientos y ventanas
  • Revestimiento, enlucido, revooques
  • Pintura de exteriores
  • Pintura de interiores
  • Instalación y mantenimiento de sistemas de protección contra incendios
  • Cristalería
  • Instalación de paneles de yeso 
  • Carpintería de madera
  • Carpintería metálica
  • Instalación de electricidad de baja tensión
  • Instalación, mantenimiento y reparación de energía térmica, solar y fotovoltaica
  • Instalaciones térmicas en edificios – climatización
  • Instalación, mantenimiento y reparación de conducciones de gas
  • Cimentación y construcción de estructuras de hormigón
  • Instalación, mantenimiento y reparación de conducciones de chimeneas o estufas 

 

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