Asesoramiento especializado en la contratación de seguros.

Características propias de las asociaciones

En esta entrada vamos a comentar sobre los seguros especiales para las asociaciones. En primer lugar, veremos qué características son propias de estas entidades.

Las asociaciones son personas jurídicas constituidas por acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas con un interés compartido que se comprometen a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular para sus socios, y que rigen sus actividades por medio de unos estatutos. Su funcionamiento es democrático y cada socio o socia  tiene derecho a un voto.

Además, las asociaciones no poseen ánimo de lucro, su beneficio y recursos no pueden repartirse entre las personas socias, únicamente pueden ser utilizados para el cumplimiento de los fines de la asociación.

Las asociaciones, aunque no desarrollen una actividad económica que genere ingresos, ocupan un lugar dentro del sistema económico, estando clasificadas dentro de la denominada Economía Social.

Necesidades especiales en seguros de las asociaciones

Las actividades asegurables

De las características antes expresadas, así como de otras condiciones propias de cada asociación, derivan necesidades específicas en seguros de las asociaciones. En primer lugar, debe definirse la «actividad a asegurar». En el caso de las asociaciones, el seguro debe contemplar todas las actividades reflejadas en los estatutos sociales.

Puede existir alguna exclusión si se diera el caso de que la normativa requiriera seguros específicos, por ejemplo por la peligrosidad de una actividad, o bien porque el contrato de seguro establezca ciertas limitaciones por cuestiones organizativas; por ejemplo, si una asociación de comerciantes, constituida para la defensa de sus intereses, organiza una feria local necesitará un seguro específico para ese fin, por la duración determinada de la feria.

Garantías principales asegurables sobre la responsabilidad civil

  • Responsabilidad Civil de Explotación: es la derivada de las actividades de la asociación. Es importante que el contrato de seguro contemple la extensión de su cobertura sobre las personas socias, sus acompañantes, familiares y, en general, todas aquellas que participen en actividades de la asociación.
  • Responsabilidad Civil Locativa: frente a las reclamaciones por incendio o daños por agua en los locales alquilados por la asociación.
  • Responsabilidad Civil Patronal: si la asociación tiene personas asalariadas, esta garantía sería necesaria por las posibles reclamaciones en caso de sufrir accidentes por causas imputables a la asociación.

Garantías complementarias de responsabilidad civil

Las asociaciones pueden contratar de forma complementaria otras dos garantías si lo estiman necesario. Por una parte, la responsabilidad civil de los directivos/as de la asociación cubre a estas personas frente a posibles reclamaciones de diversa naturaleza: de materia laboral si se tienen personas asalariadas, reclamaciones de otras personas socias, reclamaciones por parte de la Administración, etc.

En ciertos casos de asociaciones que desarrollan actividad económica puede ser interesante incluir la responsabilidad civil profesional si consideran que pueden recibir reclamaciones derivadas de sus actividades.

Seguro de accidentes para asociaciones

Muchas asociaciones complementan la seguridad de sus personas asociadas mediante un seguro de accidentes colectivo. Tiene como objeto cubrir los daños personales a causa de un accidente ocurrido durante el desarrollo de las actividades de la asociación.

Las coberturas principales de un seguro de accidentes son las indemnizaciones por fallecimiento e invalidez, así como la asistencia sanitaria.

Seguro de viaje para asociaciones

Es frecuente que entre las actividades que desarrollan las asociaciones se organicen viajes. Los diversos inconvenientes que pueden suceder durante un viaje tienen cobertura bajo una póliza colectiva de seguro de viaje. Dentro de la cobertura de esta modalidad de seguros se encuentran el retorno anticipado por asunto familiar grave, la pérdida de equipajes, la prolongación de la estancia en hotel por enfermedad, la pérdida o robo de documentación, servicios de traducción, etc.

En general, la póliza de asistencia en viaje para asociaciones aportará seguridad y tranquilidad al grupo, en especial a las personas organizadoras.

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