Asesoramiento especializado en la contratación de seguros.

SEGURO DE VIDA RIESGO DE FALLECIMIENTO E INCAPACIDAD

SEGURO DE VIDA, EL RIESGO DE LA VIDA

 

Seguros de vida riesgo. Esta noble modalidad de seguro garantiza el cobro a los beneficiarios de una cantidad económica pactada.

La compañía aseguradora les entrega el importe contratado en caso de fallecimiento del asegurado.

Por otra parte, en caso de invalidez, la propia persona asegurada es quien cobra el seguro.

Además, los seguros de vida incluyen diversas garantías adicionales como el cobro por padecimiento de enfermedad grave.

Los seguros de vida-riesgo están concebidos para preservar la economía familiar si son afectados los miembros que aportan ingresos.

No debe confundirse un seguro de vida con un seguro de accidentes, son productos diferentes; este último solo cubre indemnizaciones por accidente, no por enfermedad.

PROTEGER LA ECONOMÍA FAMILIAR ES LA FINALIDAD DE LOS SEGUROS DE VIDA RIESGO

 

De esta manera, las necesidades de las personas respecto al seguro de vida varían en función de sus circunstancias familiares y personales:

los hijos y parientes a cargo, profesiones o actividades de riesgo, deudas pendientes, pago de los impuestos de la herencia…

Por tanto, a medida que transcurre la vida de la persona y cambian sus circunstancias, adaptará su cobertura de seguro.

La suma de seguro asegurada podrá bajarse a medida que se crea patrimonio (se paga la hipoteca y se tiene un colchón de ahorros).

Por otra parte, en este seguro el precio viene condicionado por la edad de contratación, el capital asegurado y las garantías contratadas.

De tal forma que al cubrirse el fallecimiento, la edad tiene una influencia determinante en el precio.

Actualmente, por lo general se puede conseguir cobertura sobre la vida hasta los 75 años. Si bien existe una modalidad especial que mantiene el seguro vigente de por vida.

Tras lo visto hasta ahora, analizamos las razones de contratación de esta modalidad; por consiguiente:

 

MOTIVOS PARA CONTRATAR SEGURO DE VIDA

 

Complementan también las pensiones de invalidez, orfandad o viudedad.
Garantizan el mantenimiento del nivel de ingresos de la familia. Por ejemplo; los hijos pueden completar sus estudios.
Aseguran el pago de préstamos, hipotecas o avales; evitan dejar deudas en herencia.
También, protegen el patrimonio familiar al garantizar el pago de los impuestos de sucesión.
En caso de invalidez absoluta y permanente garantizan un capital para afrontar los nuevos gastos y necesidades.
La garantía de enfermedades graves garantiza el cobro de una cantidad pactada en caso de padecerla. De esa manera, se puede permitir costear la asistencia a un centro elegido para tratar el problema.

Contis Seguros pone a su disposición ofertas permanentes de seguros de vida.

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